El presidente de Canarias, Ángel Víctor Torres, ha visitado este miércoles las instalaciones de Gorona del Viento, en El Hierro, donde se sitúa la central hidroeólica que da respuesta a más del 60% de toda la energía que se consume en la Isla y que, según resaltó el presidente, “ha sido reconocida mundialmente”.

Acompañado por el consejero de Transición Ecológica, José Antonio Valbuena, y el presidente insular, Alpidio Armasrecordó que el Ejecutivo autonómico ha aprobado el anteproyecto de Ley Canaria de Transición Energética y Lucha contra el Cambio Climático, “la iniciativa legislativa que más aportaciones ciudadanas ha recibido de la historia de Canarias, lo que significa que existe una concienciación social sobre la apuesta por las energías renovables”, añadió.

El jefe del Ejecutivo destacó su apuesta por las energías limpias y que el Gobierno canario contempla, por ejemplo, “subvenciones para la instalación de energía solar en inmuebles privados”. De la misma forma, aseguró Torres, que “se están preparando proyectos para captar fondos europeos con los que “generar empleo, mover la economía, transformar la sociedad y apostar por el presente y el futuro a través de las energía limpias”.

Ángel Víctor Torres ha resaltado también que la Unión Europea ha reaccionado “como debía hacerlo” ante la pandemia de la COVID-19 y la crisis socioeconómica “con fondos solidarios que deben servir, fundamentalmente, para la transformación de nuestra sociedad, sobre todo hacia un modelo económico distinto y sostenible. Las crisis han de servir de oportunidad, en este caso para la transformación verde, en la máxima amplitud de la palabra, y convertir así a Canarias en lo que es hoy Gorona del Viento en El Hierro: un modelo mundial de apuesta por las energías limpias”.

Torres, en el transcurso de su visita, ha sido informado sobre el rendimiento de la instalación herreña, por parte de su máximo responsable, el consejero delegado de Gorona del Viento, Santiago González, y del presidente del Cabildo de El Hierro, Alpidio Armas. El jefe del Ejecutivo canario apuntó que su equipo está tomando buena nota del “magnífico funcionamiento” de la central, que “es un emblema y un modelo de apuesta por las energías limpias que hay que extender en toda Canarias”, concluyó.

Todas las nuevas medidas entrarán en vigor el viernes 18 de diciembre a las 24.00 horas

La permanencia de personas en espacios de uso público y privado, ya sean cerrados o al aire libre, queda limitada a convivientes que residan bajo el mismo techo

Los encuentros para celebrar los días 24, 25 y 31 de diciembre y 1 de enero no deben superar el número de seis personas (salvo convivientes) ni dos unidades de convivencia

La limitación de circulación en horario nocturno se adelanta una hora y queda establecida de las 22.00 a 6.00 horas, excepto para la Nochebuena y la Nochevieja,
que será de 00.30 a 6.00 horas

El Consejo de Gobierno acordó en la sesión extraordinaria celebrada esta tarde la adopción de nuevas medidas específicas de aplicación en la isla de Tenerife. Todas entrarán en vigor a partir de las 24.00 horas del viernes 18 de diciembre y tendrán una duración de 14 días.

Las nuevas restricciones se justifican por el elevado nivel de transmisión del virus SARS-CoV-2 en Tenerife en las últimas semanas, que ha presentado un patrón epidemiológico diferente respecto al resto de islas del Archipiélago.

En el caso de los turistas nacionales y extranjeros que tengan previsto venir a la isla de Tenerife de vacaciones, pueden acogerse a las excepcionalidades que contempla la normativa vigente sobre derecho de admisión en los establecimientos alojativos turísticos, donde hay que presentar una prueba sanitaria negativa que acredite estar libre de coronavirus.

Mientras que en el resto de las islas, tras el ascenso de casos a inicios agosto y el correspondiente pico a finales de ese mes, la incidencia ha ido disminuyendo manteniéndose en niveles de riesgo bajo o de nueva normalidad, en Tenerife el aumento de casos diarios ha sido sostenido, situándose en niveles de riesgo medio o alto, con una incidencia acumulada (IA) semanal (siete días) de 114 casos por cien mil habitantes el 14 de diciembre pasado.

Esta situación ha obligado a activar y mantener los niveles de alerta 3 y 4, este es el máximo (semáforo rojo epidemiológico), y la adopción reiterada de medidas de intervención en los Consejos de Gobierno celebrados el 12 y 26 de noviembre y 3, 10 y 16 de diciembre pasados, por lo que el Gobierno de Canarias recuerda que están obligadas a su cumplimiento todas las personas físicas o jurídicas, al tiempo que apela a la responsabilidad individual y colectiva para frenar la curva de contagios en esta Isla.

-Limitación de entrada y salida de la isla de Tenerife

Se restringe la entrada y salida de personas a la isla de Tenerife desde las 24.00 horas del día 18 de diciembre (viernes) hasta el 1 de enero de 2021 y además se recomienda evitar la movilidad entre sus municipios. La restricción aplicada a Tenerife se aplicará salvo para aquellos desplazamientos adecuadamente justificados que se produzcan por alguno de los siguientes motivos contemplados en el artículo 6 del Real Decreto-ley 926/2020, de 25 de octubre, la norma que declara el estado de alarma en el país para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2:

*Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

*Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.

*Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.

*Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.

*Asistencia y cuidado de mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

*Desplazamiento a entidades financieras y de seguros, o a estaciones de repostaje en territorios limítrofes.

*Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.

*Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.

*Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.

*Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

*Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.

Se faculta a la autoridad sanitaria a establecer controles de limitación de la movilidad intermunicipal en el caso de que sea necesario.

Las personas que están en la isla de Tenerife y retornen a su isla de residencia se les realizará una prueba diagnóstica en la isla de llegada. A aquellas que deben viajar de manera habitual entre islas se las cribará periódicamente.

-Limitación del número máximo de personas no convivientes, en espacios de uso público y privado, cerrados o al aire libre

La permanencia de grupos de personas tanto en espacios de uso público como privado, cerrados o al aire libre, quedará limitada a las personas convivientes, entendiéndose como tales las que residen bajo el mismo techo.

En los encuentros para celebrar las comidas y cenas navideñas de los días 24, 25 y 31 de diciembre, y 1 de enero, no se debe superar el número máximo de 6 personas, salvo que se trate de convivientes, ni el número máximo de dos unidades de convivencia (los menores de 0 a 6 años quedan excluidos). En este último caso, el número máximo de asistentes será de 6 personas, en todo caso, y se procurará que las dos unidades de convivencia sean siempre las mismas. Se tendrá especial precaución y cuidado con las personas más vulnerables a la COVID-19.

-Limitación de la circulación de personas en horario nocturno, de 22.00 a 6.00 horas

Se limita la libertad de circulación de las personas en horario nocturno de las 22.00 a las 6.00 todos los días, excepto para la Nochebuena y la Nochevieja, en que se retrasa el inicio de esta limitación a las 00.30, exclusivamente para el retorno al domicilio habitual.

Esa limitación queda exceptuada para la realización de las mismas actividades esenciales actuales, las recogidas en el artículo 5 del Real Decreto-ley 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.

Estas actividad son: la adquisición de medicamentos, productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad; la asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; la asistencia a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia; el cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales; el retorno al lugar de residencia habitual tras realizar algunas de las actividades previstas; la asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables; causa de fuerza mayor o situación de necesidad; cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada, o repostaje en gasolineras o estaciones de servicio, cuando resulte necesario para la realización de las actividades previstas en los párrafos anteriores.

-Celebraciones religiosas emblemáticas

Las celebraciones religiosas emblemáticas, tales como la Misa del Gallo, podrán celebrarse en los horarios no sujetos a la limitación (de 6.00 a 22.00 horas) de la circulación en horario nocturno, si bien se recomienda ofrecer como alternativa servicios telemáticos o por televisión, así como evitar los cantos y usar música pregrabada, quedando prohibidos los coros.

Asimismo, se deberán evitar las muestras físicas de devoción o tradición (besos, contacto sobre imágenes, esculturas), sustituyéndolas por otras que no impliquen riesgo sanitario.

-Medidas específicas para la hostelería, restauración y terrazas, bares y cafeterías

El acuerdo adoptado hoy establece que las zonas interiores de estos establecimientos permanecerán cerradas, salvo las de centros sanitarios, las de centros de trabajo para el consumo de su personal y las de establecimientos de alojamiento turístico para el uso exclusivo de huéspedes. Queda prohibido el consumo en barra y el servicio de bufé o autoservicio. El aforo máximo en estas zonas interiores será del 33%.

Se permite el servicio de recogida de comidas y bebidas en el propio local y el envío a domicilio, sujeto a la limitación horaria establecida.

En las terrazas u otros espacios al aire libre dependientes del establecimiento queda prohibido el consumo en barra, el servicio de bufé o autoservicio y fumar, así como la realización de actividades que propicien no mantener la distancia de seguridad interpersonal o no usar mascarillas, tales como cotillones, bailes, karaokes, etc.

No se podrá superar el 50% del aforo autorizado en terrazas al aire libre, con una distancia de al menos 2 metros entre sillas de mesas colindantes y con una ocupación máxima por mesa de 4 personas convivientes.

En el caso de centros y parques comerciales la capacidad de las zonas comunes se limitará, al 33% del aforo autorizado, quedando prohibida la utilización de zonas recreativas como zonas infantiles, ludotecas o áreas de descanso, que deben permanecer cerradas.

En el caso de centros comerciales distribuidos en varias plantas, la limitación anterior deberá cumplirse en cada una de ellas.

En los centros y parques comerciales, además, no se permitirá la permanencia de clientes en las zonas comunes, excepto para el tránsito o la espera para acceder a los establecimientos.

Deben establecerse las medidas necesarias que permitan el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal y el control de aforo tanto en los locales y establecimientos como en las zonas comunes de centros comerciales, pudiendo en caso necesario limitarse los espacios destinados a aparcamientos de vehículos. Las plazas destinadas a aparcamiento de vehículos se limitan al 50%.

Se prestará un servicio de atención preferente a personas mayores de 75 años, tales como acceso prioritario, reserva de aparcamientos, cajas de pago o asientos de descanso, que aseguren dicha preferencia en la atención.

Para evitar grandes aglomeraciones en calles y centros comerciales, el Gobierno recomienda a la población que organice sus compras con antelación y ordena que se garantice el cumplimiento de la distancia de seguridad interpersonal y el uso de mascarilla en todo momento y en todos los espacios, tanto de los locales de venta como de los espacios de tránsito de los centros comerciales y en las calles comerciales.


-Mayor uso de la vía pública

Los ayuntamientos velarán por el cumplimiento de las medidas encaminadas a evitar aglomeraciones y consumo de alcohol en la vía pública, además del resto de medidas aprobadas en prevención y contención necesaria para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

-Transporte público

Igualmente se recomienda que para los desplazamientos se utilicen métodos alternativos de movilidad, como el uso de la bicicleta o caminar. El transporte público urbano y metropolitano se limita al 50% de su aforo.

Se reforzará la vigilancia de los medios de transporte terrestres y urbanos en las horas punta, con el fin de evitar aglomeraciones y el uso del transporte público para desplazamientos no esenciales o aplazables.

Se recomienda aumentar la frecuencia de horarios del transporte público para evitar las aglomeraciones, garantizando una adecuada ventilación y el cumplimiento de las medidas de prevención, que incluyen no comer ni beber y hacer un uso correcto de la mascarilla.

-Grandes eventos

No podrán celebrarse fiestas, verbenas, ferias, atracciones de feria ni otros eventos similares. Queda prohibido todo tipo de eventos multitudinarios, como aquellos sujetos a previa autorización conforme a lo dispuesto en el apartado 2.1.11 del Acuerdo de Gobierno de 19 de junio de 2020 y sus sucesivas actualizaciones.

Se recomienda el cierre nocturno de parques, zonas de esparcimiento al aire libre o vía pública, con el fin de evitar aglomeraciones y el consumo de alcohol.

-Ámbito laboral

En la medida de lo posible, se fomentará y priorizará el trabajo telemático en todas aquellas actividades que no requieran la presencia física.


-Centros hospitalarios y centros de atención sociosanitaria para mayores

Dada la constatación de brotes asociados a la atención sanitaria en centros hospitalarios y en centros de atención sociosanitaria donde residen personas de mayor edad (residencias de mayores) y la vulnerabilidad de esta población, se establece, durante el periodo de vigencia de estas medidas, la suspensión de las salidas de los residentes fuera de los centros y además las visitas externas, salvo en el caso de acompañamiento a personas en el final de la vida. En los hospitales, los menores y las mujeres embarazadas que estén ingresados podrán recibir visitas.

De esa limitación estarán exentos aquellos pacientes que sean casos confirmados con infección resuelta.

-Establecimientos y locales de juegos y apuestas

Los casinos de juego, salas de bingo, salones recreativos y de juegos, locales de apuestas externas y otros locales e instalaciones asimilables a los de actividad recreativa de juegos y apuestas permanecerán cerrados.

-Práctica de la actividad deportiva no profesional y ejercicio físico

Queda prohibida la práctica de actividad física y deportiva en las zonas interiores de instalaciones y en centros deportivos, mientras que la práctica de la actividad deportiva y el ejercicio físico al aire libre puede llevarse a cabo individualmente y siempre que pueda mantenerse la distancia de seguridad interpersonal de 2 metros permanentemente.

No podrán practicarse deportes de equipo ni aquellas prácticas o ejercicios en los que no pueda garantizarse el mantenimiento de dicha distancia en todo momento.

En el caso de ejercicio de deporte individual al aire libre, quedará exceptuado el uso de la mascarilla exclusivamente durante la realización de la práctica deportiva y siempre que pueda garantizarse el mantenimiento de la distancia de dos metros.

Como excepción, en las comidas y cenas navideñas de los días 24, 25 y 31 de diciembre y del 1 y 6 de enero se podrá llegar a 10 asistentes, si la situación pandémica de la isla así lo permite

Se recomienda tener especial cuidado en los encuentros navideños con las personas en situación de vulnerabilidad ante la COVID-19

La libertad de circulación de las personas en horario nocturno estará limitada desde la 1.00 a las 6.00 del 23 de diciembre al 10 de enero

 El Consejo de Gobierno aprobó en su sesión de este jueves, 3 de diciembre, el acuerdo por el que se establece un conjunto de medidas específicas para la celebración de las próximas fiestas navideñas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, que tiene por finalidad contener la propagación de la pandemia por la transmisión del virus SARS-CoV-2, el que produce la enfermedad de la COVID-19.

 Según recoge ese acuerdo, el número máximo de personas en encuentros sociales y familiares que tengan lugar en espacios de uso público y privado, cerrados o al aire libre, se limitará a seis personas, salvo en el caso de que sean convivientes, entendiéndose por convivientes aquellas personas que residen en el mismo domicilio. De manera excepcional, el acuerdo fija en un número máximo de 10 personas los asistentes a los encuentros familiares o con allegados para celebrar las comidas y cenas navideñas de los días 24, 25 y 31 de diciembre y del 1 y 6 de enero, salvo que se trate de convivientes. En todos los casos, se excluyen los niños de 0-6 años en el cómputo de esos grupos.

 La recomendación es que esos encuentros se compongan de miembros que pertenezcan al mismo grupo de convivencia o no se superen dos grupos de convivientes, en los que se debe tener especial cuidado con las personas en situación de vulnerabilidad.

 Las medidas aprobadas hoy serán de aplicación el día después de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) y hasta el domingo 10 de enero, sin perjucio de otras medidas más restrictivas que estén vigentes o que se pudieran adoptar en determinadas islas, como consecuencia de la situación epidemiológica, que se evaluará semanalmente por la Dirección General de Salud Pública del Servicio Canario de la Salud y se publicará en la página web Portal Covid del Gobierno de Canarias (www.gobiernodecanarias.org/principal/coronavirus/semaforo).

 Circulación de las personas en horario nocturno

 Otra de las medidas del acuerdo es la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno, desde la 1.00 a las 6.00 entre los días 23 de diciembre de 2020 y el 10 de enero de 2021, salvo para la realización de las actividades esenciales recogidas en el artículo 5 del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2. En las noches del 24 al 25 de diciembre y del 31 de diciembre al 1 de enero el horario de restricción se inicia a las 1.30 y se mantiene hasta las 6.00.

 Estas actividades esenciales incluyen la adquisición de medicamentos, productos sanitarios y otros bienes de primera necesidad; la asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; la asistencia a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia; el cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales; el retorno al lugar de residencia habitual tras realizar algunas de las actividades indicadas anteriormente, o la asistencia y el cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables, entre otras.

 Medidas específicas

 El acuerdo recoge medidas específicas para la hostelería y restauración, como el cierre completo de los establecimientos antes de las 24.00 (salvo en las islas con mayores restricciones debido a su situación pandémica), la ocupación máxima por mesa de seis personas y la distancia entre sillas de mesas colindantes de al menos dos metros.

 Respecto a los grandes eventos, se establece que no podrán celebrarse fiestas, verbenas y otras citas populares que impliquen aglomeración de personas o desplazamiento de los participantes que no puedan controlarse, tales como cabalgatas en su formato clásico, fiestas y cotillones. Cualquier otro evento multitudinario estará sujeto a autorización previa.

 Podrán organizarse actividades tales como la visita a portales de Belén o a los Reyes Magos, siempre y cuando se disponga de un espacio delimitado donde se pueda controlar el acceso y el aforo, a los efectos de garantizar el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal, el uso de mascarilla y el resto de medidas preventivas generales. Deben ser preferentemente al aire libre.

 Celebraciones religiosas

 En cuanto a las celebraciones religiosas emblemáticas, tales como la Misa del Gallo, podrán celebrarse teniendo en cuenta el respeto a los horarios que limitan la libertad de circulación. Se recomienda ofrecer como alternativa servicios telemáticos o por televisión, así como evitar los cantos y las muestras físicas de devoción o tradición (besos, contacto sobre imágenes, esculturas, etc.), sustituyéndolas por otras que supongan un menor riesgo sanitario.

 Mayor uso de las vías públicas

 En coordinación con las entidades locales, se recomienda favorecer un mayor uso de la vía pública al aire libre de manera que haya más espacios disponibles para la ciudadanía, así como para la realización de eventos culturales, actividades para la infancia o para la hostelería y el comercio, respetando siempre lo dispuesto anteriormente en relación con la celebración de eventos navideños con elevada afluencia de público.

 Establecimientos y centros comerciales

 Otra de las recomendaciones del acuerdo para la población es la de organizar las compras con antelación para evitar las grandes aglomeraciones en calles y centros comerciales, en los que se garantizará el cumplimiento de la distancia de seguridad interpersonal y el uso de mascarilla en todo momento y en todos los espacios, tanto en los locales de venta como en los espacios de tránsito y en las calles comerciales.

 Residencias de atención sociosanitaria

 El acuerdo establece, igualmente, que las consejerías de Sanidad y Derechos Sociales establecerán conjuntamente las medidas preventivas específicas en relación con las salidas de residentes de los centros sociosanitarios durante estas fechas.

 En cualquier caso, se recomienda que, cuando los residentes de centros residenciales sociosanitarias realicen una salida más prolongada con motivo de las celebraciones navideñas, estas queden restringidas a un único domicilio y manteniendo una burbuja de convivencia estable. A su reingreso se deberá realizar una prueba de diagnóstico de infección activa y los días posteriores al reingreso se extremarán las medidas de vigilancia y prevención.

 Estudiantes y otros residentes retornados

 Tanto a los estudiantes como a otros residentes canarios que regresen a las Islas se les recomienda que limiten las interacciones sociales los 10 días previos al viaje y extremen las medidas de prevención a su llegada.

 El Cabildo de El Hierro recibirá para esas obras, consideradas de interés público, una ayuda directa por valor de 213.689 euros

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy, jueves 5 de noviembre, la concesión al Cabildo de El Hierro de una subvención directa de 213.689 euros destinada a financiar los gastos derivados de la ejecución de los trabajos de acondicionamiento de las instalaciones deportivas de Valverde.

Las obras persiguen mejorar y adaptar a las normativas legales vigentes las infraestructuras deportivas, a fin de ofrecer un servicio seguro y poder albergar eventos deportivos en su polideportivo y campo de fútbol.

La calificación de interés público de esta actuación responde a la necesidad de fomentar el deporte en el municipio, y de dotar a éste de una infraestructura de calidad, tanto para la población local como para los visitantes.

Los trabajos consistirán en el acondicionamiento de la cubierta del pabellón, con la sustitución del material de cubrición y el tratamiento de la estructura de acero con un producto anticorrosivo. Respecto a las actuaciones en el campo de fútbol, éstas tienen como objetivo su adaptación a las nuevas leyes de accesibilidad de edificios públicos para personas con movilidad reducida y la ampliación de las zonas de almacén.

El proyecto contempla, en concreto, la reforma de los aseos del edificio central, con la renovación de los ya existentes y la incorporación de un aseo adaptado, lo que requerirá la redistribución de los espacios. También está prevista la reforma y adaptación de la zona de vestuarios.

La planta deportiva de Valverde ya se vio beneficiada con otra subvención directa de la Dirección General de Deportes el pasado 23 de octubre, cuando el Consejo de Gobierno autorizó la concesión de 500.000 euros al Ayuntamiento para la ejecución de la segunda fase de las obras de la piscina municipal.

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