El Grupo Parlamentario Nacionalista, de conformidad con lo establecido en el artículo 184 y siguientes del Reglamento del Parlamento, presenta la siguiente proposición no de ley, a instancias del diputado Narvay Quintero Castañeda, para su tramitación ante el Pleno de la Cámara.

1.
Canarias es, tanto según la Constitución española como el Estatuto de Autonomía (EAC), un archipiélago, que, de acuerdo con el art. 46. 2, b) de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, de 10 de diciembre de 1982 (Convemar), ratificado el 14 de febrero de 1997 por el Estado español, se configura como un grupo de islas, incluidas partes de islas, las aguas que las conectan y otros elementos naturales, que estén tan estrechamente relacionados entre sí que tales islas, aguas y elementos naturales formen una entidad geográfica, económica y política intrínseca o que históricamente hayan sido considerados como tal.

2.

Los espacios marítimos de Canarias lindan con Portugal, Marruecos y el Sáhara, pero no han sido delimitados hasta el momento con acuerdos entre el Estado español y esos territorios, tal como exige la Convemar.

Especial problemática tiene la delimitación con Marruecos y el Sáhara por la proximidad de Canarias, por la existencia de recursos naturales en la zona y porque el Sáhara esta en proceso de descolonización desde que España abandonó el territorio hace 46 años, a lo que se añade el reciente reconocimiento por parte de España de que el plan de autonomía marroquí sobre el Sáhara es la solución al conflicto, posición unilateral del Gobierno español que contraviene las distintas resoluciones de la ONU.

3.

Canarias no es un Estado archipelágico (Estado constituido totalmente por uno o varios archipiélagos), que sí tienen aguas archipelágicas, que se configura trazando líneas de base rectas que unan los puntos extremos de las islas más alejados del archipiélago y, a partir de esas líneas se extienden el mar Territorial (MT), la Zona Contigua (ZC), la Zona Económica Exclusiva (ZEE) y la Plataforma Continental (PC).

Es decir, que únicamente puede aplicársele, al no ser un Estado Archipelágico, el régimen normal de las islas, contenido en el art. 121 de la Convemar, en virtud del cual los diferentes espacios solo se pueden delimitar a partir de cada una de las islas, lo que impide la configuración de las aguas archipelágicas.

4.

La Plataforma por el Mar Canario, que surgió tras el 2º Congreso Vecinal de Canarias, celebrado el 30 de marzo de 2003, en San Fernando de Maspalomas, organizado por la Confederación Canaria de Vecinal (CONCAVE) por la provincia de Tenerife, y la Confederación Vecinal Alcorac Guanche, de la provincia de Las Palmas, participando 130 Asociaciones Vecinales del archipiélago canario. Esta Plataforma ha venido presentando mociones en los 88 Ayuntamientos canarios y en los cabildos insulares de El Hierro, La Gomera, Gran Canaria, Fuerteventura y Lanzarote, recibiendo el apoyo unánime de todos ellos, en las que se demandaba el reconocimiento de la Plena Autonomía Interna para poder delimitar nuestras aguas.

5
En efecto, la propia Convemar, en su art. 305, e), prevé que los territorios que gocen de Plena Autonomía Interna reconocida como tal por las Naciones Unidas, y que tengan competencias sobre las materias regidas por esta Convención, incluida la de celebrar tratados, puedan ser parte del Tratado, y ser considerado, sin serlo, como un Estado archipelágico, lo que permitiría no solo que Canarias participaría de pleno derecho en la delimitación de sus espacios, sino que entre estos también se incluiría las aguas archipelágicas.

En consideración a lo anterior, el Grupo Parlamentario Nacionalista presenta la siguiente:

Proposición no de ley

El Parlamento de Canarias insta al Gobierno del Estado a que implemente las medidas legislativas y diplomáticas necesarias para que se reconozca a Canarias el estatus de Plena Autonomía Interna que le permita, al amparo del art. 305, e), ser parte de la Convención del Mar y así poder delimitar, a partir de las aguas archipelágicas, los demás espacios marítimos.

Modificado por última vez en May 22, 2022

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